Cuando te echan o se te acaba el contrato te pagan dos cosas distintas que casi nadie separa: el finiquito, que es dinero que ya habías ganado y no habías cobrado, y la indemnización, que es lo que te compensa por el despido. Se pagan juntas, en el mismo papel, y por eso la mitad de la gente firma sin saber qué parte es cuál. Importa, y mucho: una tributa y la otra normalmente no.
Esta calculadora las separa y aplica de verdad el tramo anterior al 12 de febrero de 2012, que es donde fallan casi todas las demás.
Calculadora de finiquito e indemnización 2026
Sin registro y sin enviar nada a ningún sitio: el cálculo se hace entero en tu navegador.
El bruto, antes de retenciones y de Seguridad Social.
Si tus pagas se devengan de enero a diciembre y te vas el 30 de junio, son 6.
Cifras informativas calculadas sobre los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. No es asesoramiento laboral ni fiscal.
Finiquito e indemnización no son lo mismo
El finiquito te lo deben siempre, te vayas como te vayas: si dimites, si te despiden, si se acaba el contrato o si te echan con razón. Son tres cosas que ya habías ganado y que la empresa todavía no te había pagado: los días del mes en curso que has trabajado, las vacaciones que has generado y no has disfrutado, y la parte proporcional de las pagas extra si las cobras aparte.
La indemnización es otra cosa: es la compensación por perder el empleo, y solo aparece en algunos casos. Si dimites, no hay. Si te despiden disciplinariamente y el despido es procedente, tampoco. El resto de situaciones tienen su tarifa en días de salario por año trabajado.
Cuántos días te tocan según el motivo
| Situación | Días por año | Tope |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 | 24 mensualidades |
| Despido objetivo o colectivo | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | — |
| Baja voluntaria | 0 | — |
| Despido disciplinario procedente | 0 | — |
Los periodos de menos de un año se prorratean por meses. Y aquí va el primer detalle que la ley no te cuenta: cuando sobran días sueltos que no llegan a mes, el criterio que aplican los juzgados es contarlos como mes completo. Trabajar ocho años y cuatro días no es lo mismo que trabajar ocho años justos.
El fin de contrato temporal tiene una excepción importante: los contratos formativos y el contrato de sustitución (lo que antes se llamaba interinidad) no dan esos 12 días.
El tramo anterior al 12 de febrero de 2012
Si entraste en la empresa antes del 12 de febrero de 2012 y el despido es improcedente, tu indemnización se calcula en dos trozos: 45 días por año hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde el 12 de febrero en adelante. Los dos se suman.
Ese resultado tiene un techo de 720 días, con una excepción que se le escapa a casi todo el mundo: si solo con el tramo antiguo ya pasas de 720 días, ese número más alto es tu tope, y no los 720. Por encima de todo eso hay un límite absoluto de 42 mensualidades.
Es la parte que más calculadoras se dejan fuera o mencionan de pasada en una pregunta frecuente sin aplicarla al cálculo. Si llevas más de catorce años en la misma empresa, la diferencia entre hacerlo bien y hacerlo mal son miles de euros.
Qué tributa y qué no
La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta la cuantía que el Estatuto de los Trabajadores marca como obligatoria, con un tope de 180.000 €. Es decir: si cobras exactamente los 33 días por año que te tocan, no pagas IRPF por ellos. Si la empresa te da más porque lo habéis pactado, ese exceso sí tributa.
El finiquito, en cambio, tributa entero. Los días trabajados, las vacaciones y las pagas extra son salario normal y corriente, con su retención de IRPF y su cotización. Por eso el ingreso que te llega al banco es bastante menor que el total bruto que ves en el papel: la parte de indemnización va limpia, la del finiquito no.
Un apunte que evita sustos: si el despido se reconoce como improcedente en el acto de conciliación ante el SMAC, esa indemnización sigue considerándose obligatoria y sigue estando exenta. Lo que no está exento es lo que se pacta al margen, en un acuerdo privado.
Errores típicos
- Usar el salario neto. Todo el cálculo va sobre el bruto anual con la prorrata de las pagas extra incluida, dividido entre 365. Si metes el neto, el resultado sale corto y no un poco.
- Olvidar las pagas extra en el salario diario. Con 14 pagas, el salario regulador diario no es la nómina mensual dividida entre 30: es el bruto anual entero, catorce pagas, dividido entre 365.
- Firmar el finiquito sin leerlo. Firmar con la coletilla de conformidad puede cerrarte la puerta a reclamar. Si no estás de acuerdo, se puede firmar poniendo «no conforme» al lado.
- Confundir despido nulo con improcedente. El nulo no da indemnización: da readmisión y los salarios dejados de percibir. Es otra cosa.
- Dar por hecho que hay 20 días porque la carta lo dice. Que la empresa llame a algo despido objetivo no significa que un juez le dé la razón. Si la causa no se sostiene, pasa a improcedente y son 33.
Cuándo esto no te sirve
Esta calculadora aplica los mínimos del Estatuto. No sirve tal cual si tu convenio colectivo mejora la indemnización, si tienes un pacto individual por encima del mínimo, si eres alto directivo (tienes tu propia norma), si el despido es nulo, si estabas a tiempo parcial con jornada variable a lo largo de los años, o si hay periodos de excedencia o de contrato suspendido que no computan igual. En todos esos casos el número de aquí es un suelo, no la cifra final.
Fuentes oficiales
- Indemnizaciones y preaviso: Estatuto de los Trabajadores (BOE-A-2015-11430), arts. 31, 38.1, 49.1.c, 53.1 y 56.1 y disposición transitoria 11.ª.
- Exención de IRPF: Ley 35/2006 del IRPF, art. 7.e).
Articulado comprobado en el texto consolidado del BOE el 12 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por despido improcedente en 2026?
33 días de salario por cada año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un tope de 24 mensualidades. Si entraste en la empresa antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior a esa fecha se paga a 45 días por año y el tope sube a 720 días.
¿El finiquito y la indemnización se pagan juntos?
Sí, normalmente en el mismo documento y en el mismo ingreso, pero son conceptos distintos. El finiquito es salario que ya habías ganado y tributa; la indemnización compensa el despido y está exenta de IRPF hasta el mínimo legal, con el tope de 180.000 €.
¿Tengo finiquito si me voy por baja voluntaria?
Sí. El finiquito se cobra siempre: incluye los días trabajados del mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. Lo que no hay en una baja voluntaria es indemnización.
¿Qué pasa si no me dan los 15 días de preaviso?
En el despido objetivo, si la empresa no avisa con 15 días de antelación te debe pagar el salario de esos 15 días. No concederlo no convierte el despido en improcedente, pero sí genera esa cantidad a tu favor.
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Y ahora qué
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