Si eres autónomo societario —cotizas a través de una SL o SA— tu cuota mínima a la Seguridad Social sube este 2026. La base mínima pasa de 1.000 € a 1.424,40 € al mes, un incremento del 42,4% fijado por la Orden PJC/297/2026 (BOE, 31 de marzo de 2026). En la práctica son entre 130 y 135 € más al mes, más de 1.600 € al año, y afecta también a colaboradores familiares y a quienes no declaran rendimientos. Aquí tienes el cálculo exacto, a quién no le afecta y qué puedes hacer para no encontrártela de golpe.
Cómo se calcula la cuota real del autónomo societario, con números


- 2025: base mínima 1.000 € × 31,4% = una cuota de unos 314 €/mes.
- 2026: base mínima 1.424,40 € × 31,5% = una cuota de 448,69 €/mes.
La subida en una tabla, con la cuenta hecha
La base la fija la Orden PJC/297/2026 (BOE de 31 de marzo de 2026) y el tipo de cotización de 2026 es el 31,5 % — que sale de sumar 28,3 % de contingencias comunes, 1,3 % de profesionales, 0,9 % de cese de actividad, 0,1 % de formación y 0,9 % del MEI. Con eso, la cuenta es esta:
| 2025 | 2026 | Diferencia | |
|---|---|---|---|
| Base mínima del societario | 1.000,00 € | 1.424,40 € | +424,40 € (+42,4 %) |
| Tipo de cotización | 31,4 % | 31,5 % | +0,1 puntos (sube el MEI) |
| Cuota al mes | 314,00 € | 448,69 € | +134,69 € |
| Al año | 3.768,00 € | 5.384,28 € | +1.616,28 € |
Ese +134,69 € es el famoso «suben 135 € al mes» de los titulares. No es una estimación: es 1.424,40 × 0,315 menos 1.000 × 0,314. Puedes rehacerla en diez segundos con el móvil.
A quién afecta esta subida y a quién no
La subida es automática solo para tres perfiles: autónomos societarios (los que ejercen a través de una Sociedad Limitada o Anónima con control efectivo de la empresa), familiares colaboradores, y autónomos que no declaran rendimientos netos y por eso cotizan por defecto en la base mínima. Si ya cotizas por tramos de ingresos reales dentro del sistema general —el que se aplica desde 2023 según tus rendimientos netos declarados— esta subida concreta no te afecta directamente, porque tu base ya depende de lo que ganas y no del mínimo societario. Si tienes dudas sobre en qué grupo estás, tu gestoría puede confirmártelo revisando tu último parte de alta en RETA.Por qué no lo notarás en tu cuenta hasta 2027-2028 (y por qué eso es un problema)
El incremento se devenga desde enero de 2026, pero la Seguridad Social aplica bases provisionales durante el año y regulariza después según los rendimientos netos anuales que declares. Para los autónomos societarios que cotizan por la base mínima, esa regularización llega en 2027 y 2028. Es decir: la deuda se está acumulando mes a mes ahora mismo, aunque el cargo bancario efectivo no aparezca hasta dentro de uno o dos años. El riesgo no es la subida en sí —es previsible y ya está fijada por norma—, sino no provisionarla y encontrarte un cargo de varios cientos de euros de golpe cuando llegue la regularización.Caso práctico: qué le pasa a un socio administrador que cotiza por la mínima
Así se nota la subida en la práctica para un autónomo societario. Imagina un socio administrador de una SL que en 2025 cotizó todo el año por la base mínima de 1.000 €: pagó una cuota de unos 314 €/mes, 3.768 € en el año. En 2026, con la base mínima obligatoria de 1.424,40 €, su cuota sube a unos 447 €/mes, 5.364 € en el año. Son unos 1.596 € más solo por el cambio de base mínima, sin que haya cambiado nada en su negocio. Si no aparta ese dinero mes a mes, en la regularización de 2027-2028 se encontrará ese importe reclamado de una vez, justo cuando probablemente ya esté gestionando otras obligaciones del ejercicio en curso.Qué puedes hacer ahora
Como autónomo societario no existe recurso posible contra la subida en sí —es una decisión normativa publicada en el BOE, no una sanción ni un error administrativo—, pero sí puedes optimizar tu situación:- Revisa si tu base de cotización actual es la mínima obligatoria o si te conviene una superior según tus previsiones de rendimiento.
- Comprueba que tu CNAE y tu situación de socio (con o sin control efectivo) están bien clasificados; de eso depende si te aplica este régimen o el general.
- Mete esos 130-135 €/mes en tu previsión de gastos desde ya, en lugar de esperar a la regularización.
Qué hace que la subida duela más de lo que debería
La subida de base es automática y no se puede esquivar, pero sí se puede empeorar. Estos son los movimientos que salen mal:
- Bajarse el sueldo para «compensar» la cuota. La base del societario no depende de lo que te pagues: es una base mínima fijada por norma. Bajarte el sueldo no baja la cuota y sí baja tu futura pensión.
- Darse de baja del RETA manteniendo el control de la sociedad. Si sigues ejerciendo funciones de dirección con control efectivo, la baja es improcedente y la Seguridad Social puede reclamar las cuotas del periodo, con recargo.
- No ajustar el reparto entre nómina y dividendos sin mirar el conjunto. Optimizar solo la cuota puede salirte más caro en IRPF o en Impuesto sobre Sociedades. Esto se decide mirando las tres cosas a la vez, no una.
- Descubrirlo en el recibo de enero. El cargo sube solo. Si tienes la cuota domiciliada y la tesorería justa, un recibo devuelto te mete en deuda con la Seguridad Social y te tumba cualquier bonificación.
- Confundir esta base con la del autónomo por ingresos reales. Son regímenes distintos. Las tablas de tramos que ves publicadas no aplican al societario.
Lo único accionable de verdad: ajusta la previsión de tesorería a la cuota nueva antes de que llegue el recibo, y si estás valorando cambiar la estructura, hazlo con un asesor mirando cuota, IRPF y Sociedades juntos.
Preguntas frecuentes sobre la subida de los autónomos societarios
¿Esta subida afecta a todos los autónomos o solo a los societarios? Solo a autónomos societarios (SL o SA con control efectivo), familiares colaboradores y a quienes cotizan por la base mínima sin declarar rendimientos. El resto de autónomos, que cotiza por tramos según ingresos reales, no se ve afectado por este cambio concreto.¿Puedo evitar la subida cotizando por ingresos reales en vez de por la base mínima societaria? No exactamente: si eres autónomo societario con control efectivo, la base mínima de 1.424,40 € es la que te corresponde por normativa, no una opción entre varias. Lo que sí puedes hacer es elegir cotizar por una base superior si te interesa de cara a prestaciones futuras.¿Qué pasa si mi SL no tiene beneficios este año, tengo que pagar igual? Sí. La cotización de los autónomos societarios no depende de que la sociedad dé beneficios, sino de tu condición de socio con control efectivo. La obligación de cotizar por la base mínima se mantiene aunque el ejercicio sea negativo.¿Cuándo se aplicará exactamente la regularización de este importe? Según el calendario de la Seguridad Social, las regularizaciones de cotización por rendimientos de autónomos societarios de 2026 se resuelven en los ejercicios de 2027 y 2028, en función de cuándo cierres y declares tus rendimientos definitivos.Fuente oficial: Orden PJC/297/2026, BOE. Verificación adicional: Maldita.es.Si quieres quitarte de encima parte de las tareas administrativas que se comen tu tiempo cada mes, aquí tienes gratis 10 Prompts de IA que te ahorran 1 hora al día.Contenido informativo. Verifica siempre los plazos y requisitos vigentes en la fuente oficial. No es asesoramiento fiscal ni legal.Calcula lo que te corresponde. Nuestra calculadora del paro 2026 te dice cuánto cobrarías al mes y durante cuántos días, con los topes oficiales del SEPE. Sin registro y sin pedirte el correo. Aplica dos cosas que casi ninguna calculadora hace bien: el descuento de Seguridad Social sobre la base reguladora y la reducción de topes por jornada parcial.
Este artículo forma parte de la guía de Autónomos y fiscalidad 2026: cuota, impuestos, facturación y todo lo que cambia este año.
Te aviso por correo siete días antes de cada plazo que te afecta: 303, 130, 111, 349, la renta y las seis ventanas de la base de cotización. Entre seis y diez correos al año, ni uno más. Sin spam y te das de baja con un clic.
Publicado el 31 de julio de 2026 y actualizado el 2 de septiembre de 2026. Las cifras y los plazos cambian: confírmalos siempre en la fuente oficial enlazada antes de actuar.
Félix Ramírez, de Alhendín (Granada). Llevo Digitalmente Fácil desde 2025 y escribo desde mi propia experiencia como autónomo: los trámites que explico aquí los he hecho yo, y las calculadoras del sitio las he construido con las cifras del BOE y de la Seguridad Social, con su fecha de verificación al lado. No soy asesor fiscal ni gestor colegiado, y lo digo en cada artículo que toca dinero: esto es información contrastada para que entiendas tu situación, no asesoramiento para tu caso concreto. Si detectas un error, escríbeme y lo corrijo — me importa más que esté bien que cualquier otra cosa.
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