La aplicación gratuita de facturación de la AEAT: a quién le vale y a quién no

Comparte esta guía

ACTUALIZACIÓN, 12 DE OCTUBRE DE 2026. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su previsión de aplazar las obligaciones pendientes de VeriFactu hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos. Es una nota de prensa, no una norma: mientras no se modifique el Real Decreto 1007/2023 en el BOE, las fechas legales siguen siendo las que explica este artículo (1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos).

En la práctica: no hace falta cambiar de programa este año, pero el próximo que contrates debe cumplir ya el reglamento, porque los requisitos técnicos se mantienen. Actualizaremos este artículo el día que la modificación se publique. Fuente: nota informativa del Ministerio de Hacienda, 5 de octubre de 2026.

La respuesta corta. La Agencia Tributaria tiene una aplicación de facturación gratuita en su sede electrónica, funciona en modalidad VERI*FACTU y cumple el reglamento por definición, así que resuelve de golpe la obligación que llega el 1 de julio de 2027. No tiene límite de facturas. Pero tiene cuatro restricciones serias, y una de ellas —no se pueden exportar los registros a otro programa— merece que te lo pienses antes de empezar a usarla.

Esta página es lo que no te cuentan los que venden suscripciones: qué hace exactamente la aplicación de Hacienda, a quién le vale tal cual y a quién se le queda corta.

Qué es y dónde está

Es una aplicación web dentro de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. No se descarga ni se instala nada. La ruta es: sede electrónica, Información y Servicios, IVA, y dentro, Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU.

La propia Agencia dice que está pensada para profesionales, autónomos y empresas con baja facturación que no tienen software propio o que prefieren una alternativa gratuita. Es exactamente la descripción de buena parte de los autónomos españoles.

Lo que hace: emite la factura, genera el registro de facturación con su huella y lo remite a la Agencia Tributaria en el momento de emitirla. Eso es la modalidad VERI*FACTU, y tiene una ventaja que suele pasarse por alto: como los registros ya están en la AEAT, tú te ahorras la obligación de conservarlos y custodiarlos.

Cómo se entra

Con los tres sistemas de identificación de siempre:

Al entrar te pregunta si actúas en tu nombre o en representación de otro. Esto importa si tu gestor va a facturar por ti: para hacerlo necesita un apoderamiento específico —las claves IZ862 e IZ863— o el apoderamiento general de la Ley 58/2003. No vale con que tenga tu certificado, y de hecho no debería tenerlo.

Las cuatro cosas que no hace

Aquí es donde se decide si te sirve o no. Son limitaciones reales, no pegas menores.

1. No emite facturas simplificadas. Lo que todo el mundo llama tickets. En la aplicación, todas las facturas deben incluir obligatoriamente un destinatario, con su nombre y su NIF. Si tu negocio es de mostrador y despachas a gente que no te da sus datos, esta aplicación no te vale. Punto.

2. No admite varios destinatarios en una misma factura. Una factura, un destinatario. Si facturas a dos titulares de algo —pasa en obra, en alquileres, en servicios profesionales compartidos—, no lo vas a poder hacer aquí.

3. No admite cuatro regímenes especiales de IVA. Concretamente las claves 03, 05, 06 y 09. Si tu actividad va por un régimen especial —bienes usados y objetos de arte, agencias de viajes, grupo de entidades—, antes de montarte en esta aplicación comprueba con tu asesor si tus facturas llevan alguna de esas claves. Si la llevan, descártala.

4. No se pueden exportar los registros. Esta es la gorda. Los registros de facturación quedan, en palabras de la Agencia, en exclusiva en la aplicación. No hay botón de «descargar todo» para llevarte el histórico a otro programa.

Por qué la cuarta limitación importa tanto

Imagina que empiezas a facturar aquí en julio de 2027 porque es gratis y cumple. Pasan dos años, tu negocio crece, necesitas control de gastos, modelos trimestrales y conciliación bancaria, y te pasas a un programa de pago. En ese momento te llevas tus clientes, tus importes y tus PDF —todo eso lo tienes—, pero no te llevas el histórico de registros de facturación. Arrancas de cero en el programa nuevo.

No es un drama legal: los registros siguen existiendo, están en la AEAT y los puedes consultar. Pero es una incomodidad real y conviene saberla antes, no después.

Dicho esto, tampoco hay que exagerar. Un programa de pago también te ata, solo que de otra forma: con la cuota mensual. Si la pregunta es «¿me quedo encerrado?», la respuesta honrada es que en facturación todos los sistemas atan un poco, y el de Hacienda al menos no te cobra por la jaula.

A quién le vale tal cual

Si te reconoces en esto, la aplicación de la AEAT es probablemente tu mejor opción y te ahorras entre 100 y 300 € al año:

  • Facturas siempre a empresas o a profesionales con NIF, nunca a particulares de mostrador.
  • Una factura, un cliente. Nada de facturas a varios titulares.
  • No estás en ningún régimen especial raro de IVA.
  • Tus necesidades acaban en emitir la factura. Los gastos y los modelos los lleva tu gestor o los llevas tú por otro lado.
  • No facturas tanto como para que el trabajo manual de controlar cobros se te coma la vida.

Un diseñador, un desarrollador, un traductor, un consultor, un formador: la mayoría encaja aquí sin despeinarse.

A quién se le queda corta

  • Cualquier negocio con público de mostrador, por lo de las facturas simplificadas.
  • Quien tenga inventario o productos, porque la aplicación factura, no gestiona almacén.
  • Quien quiera que el programa le prepare el modelo 303 y el 130, porque esto solo emite facturas.
  • Quien necesite facturas recurrentes automáticas, recordatorios de cobro o enlaces de pago.
  • Quien trabaje con un gestor que ya le lleva todo en su propio software: en ese caso lo que hay que comprobar es que el software del gestor cumple, no montar un sistema paralelo.

Si estás en alguno de estos casos, lo que te toca es comparar programas de pago. Lo tienes en la comparativa de programas y gestorías online para autónomos.

Qué conviene hacer antes de empezar a usarla

  1. Comprueba que no estás en los casos excluidos de arriba. Es un minuto y te ahorra montarlo todo para nada.
  2. Decide tu serie y tu numeración antes de emitir la primera factura. Cambiar de criterio a mitad de ejercicio genera preguntas incómodas.
  3. Si tiene que entrar tu gestor, tramita el apoderamiento (IZ862 e IZ863) antes, no el día que haya prisa.
  4. Monta tu propio archivo de PDF. Aunque los registros estén en la AEAT, tú quieres tener las facturas en PDF en una carpeta tuya, con copia. Sobre dónde y cómo guardarlas está el kit de seguridad digital para autónomos.
  5. No tires tu sistema anterior el primer día. Convive un mes con los dos y compara, que es gratis.
SI CADA TRIMESTRE ADIVINAS CUÁNTO TE SALE A PAGAR

El Pack del Autónomo: una hoja que saca sola el 303 y el 130 a partir de tus facturas y gastos, plantilla de factura con IVA y retención, calendario fiscal, checklist del alta y guía de gastos deducibles. 29 €, descarga inmediata, sin suscripción.

Ver el Pack del Autónomo

Las dudas que más se repiten

¿Es realmente gratis o acaba pidiendo dinero?

Es gratis. Es un servicio público de la Agencia Tributaria, no un producto con versión de prueba. No hay plan de pago detrás.

¿Hay límite de facturas al mes?

No. La Agencia lo dice expresamente: no existe límite de facturas, ni anual, ni mensual, ni semanal. Que esté pensada para poco volumen es una recomendación de uso, no un tope técnico.

¿Mis facturas quedan a la vista de Hacienda en tiempo real?

Sí, y eso no es un efecto secundario sino el diseño de la modalidad VERI*FACTU: el registro se remite al emitir. A cambio te quitas la obligación de conservar los registros. Si eso te incomoda, lo que buscas es un programa en modalidad no verificable, que guarda los registros en tu lado con huella y firma.

¿Puedo emitir facturas rectificativas?

El reglamento las contempla y los sistemas adaptados tienen que poder generarlas. Antes de depender de ello, haz una de prueba en tu primer mes de uso y comprueba que el flujo te encaja.

¿Vale para una sociedad o solo para autónomos?

La Agencia la describe para profesionales, autónomos y empresas con baja facturación. Una sociedad pequeña que cumpla las restricciones puede usarla, teniendo en cuenta que su fecha límite es antes, el 1 de enero de 2027.

Si uso esta aplicación, ¿ya cumplo con la factura electrónica obligatoria?

No, son dos cosas distintas. Esta aplicación resuelve VeriFactu, que va sobre cómo se generan y conservan los registros. La factura electrónica obligatoria entre empresas viene de la Ley Crea y Crece y del Real Decreto 238/2026, va sobre el formato en que la factura viaja de ti a tu cliente, y tiene su propio calendario.

Resumen en cuatro líneas

  • Es gratuita, está en la sede de la AEAT, cumple VeriFactu y no tiene límite de facturas.
  • No emite facturas simplificadas, no admite varios destinatarios, no admite las claves de régimen especial 03, 05, 06 y 09.
  • No permite exportar los registros a otro programa: eso es lo que hay que pensar antes de empezar.
  • Para quien factura a empresas, de una en una y sin complicaciones, se ahorra la suscripción entera.

Fuentes

  • Agencia Tributaria, página de la aplicación gratuita VERI*FACTU: acceso e identificación, público al que va dirigida, operaciones no admitidas y ausencia de límite de facturas.
  • Agencia Tributaria, nota informativa sobre la ampliación del plazo de adaptación, de donde salen las fechas del 1 de enero y el 1 de julio de 2027.
  • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación.

Consultado el 4 de octubre de 2026. La aplicación es relativamente nueva y la Agencia la va ampliando; si alguna de las limitaciones cambia, se actualiza aquí.

Félix Ramírez Ramírez

Félix Ramírez, de Alhendín (Granada). Llevo Digitalmente Fácil desde 2025 y escribo desde mi propia experiencia: los trámites que explico aquí los he hecho yo, y las doce calculadoras del sitio las he programado con las cifras del BOE, de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, con su fecha de verificación al lado. Tengo dos másteres en Big Data y Python (UCAM, 2025). No soy asesor fiscal ni gestor colegiado, y lo digo en cada artículo que toca dinero: esto es información contrastada para que entiendas tu situación, no asesoramiento para tu caso concreto. Si detectas un error, escríbeme y lo corrijo — me importa más que esté bien que cualquier otra cosa.

Cómo se ha hecho este artículo. Cada dato sale de la fuente oficial que se enlaza en el texto (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social o la sede que corresponda), comprobada en la fecha de la última revisión. Lo escribe Félix Ramírez, que prueba personalmente lo que explica; la inteligencia artificial se usa como ayuda de redacción, nunca como fuente. No es asesoramiento fiscal ni jurídico. Si ves un error, dímelo y lo corrijo el mismo día. Más detalle en cómo se hace este contenido.

El Pack del Autónomo

Un control de ingresos y gastos que saca solo el 303 y el 130, plantilla de factura con IVA y retención, calendario fiscal, checklist del alta y guía de gastos deducibles. Pago único de 29 €, sin suscripción.

Ver qué lleva el pack


Comparte esta guía

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio
No hemos podido validar tu suscripción.
Se ha realizado tu suscripción.

📩 Recibe las guías gratis cada semana

Guías de trámites, IA y negocios digitales. Gratis. Sin spam.