Pones 1.000 € de honorarios en la factura y te llegan 1.060. O 1.150. O 1.210. Depende de a quién le factures y de cuánto tiempo lleves dado de alta. Mete el importe aquí abajo y te digo exactamente qué línea va en la factura y cuánto acaba entrando en tu cuenta.
Qué significa cada línea
El IVA no es tuyo. Lo cobras del cliente y se lo devuelves a Hacienda en el modelo 303 cada trimestre. Verlo entrar en la cuenta y gastarlo es el error más caro que comete un autónomo nuevo.
La retención tampoco la pierdes. Tu cliente te descuenta ese dinero de la factura y se lo ingresa a Hacienda a tu nombre, como un adelanto de tu IRPF. En la declaración de la renta te lo restan de lo que debes, y si te han retenido de más, te lo devuelven.
Por eso una factura con retención te hace cobrar menos hoy y pagar menos en junio. No es un impuesto extra: es el mismo, adelantado.
15 % o 7 %: cuándo te toca cada uno
El tipo general de retención para actividades profesionales es el 15 %. Pero durante el año en que te das de alta y los dos siguientes, puedes aplicar el 7 %, siempre que no hubieras ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior al alta.
Dos cosas que conviene tener claras:
- Es tu decisión, no la del cliente. Si aplicas el 7 %, tienes que comunicárselo por escrito.
- Cobrar más ahora significa pagar más en la renta. El 7 % no te ahorra impuestos: solo adelanta menos. Si tu actividad va bien, en junio te llega una factura mayor.
Cuándo NO lleva retención
- Si facturas a un particular. Un cliente que no es empresa ni profesional no puede practicar retención.
- Si facturas a un cliente de fuera de España. Ahí entran otras reglas y conviene mirarlo caso por caso.
- Si tu actividad está en un epígrafe empresarial y no profesional. La retención del 15 % es para actividades profesionales.
El descuadre que aparece al cobrar
Si te retienen el 15 % en todas tus facturas y encima pagas el modelo 130 cada trimestre, es posible que estés adelantando el doble de lo necesario. Un autónomo que factura con retención a más del 70 % de sus clientes no está obligado a presentar el 130. Es de las pocas cosas que se pueden arreglar en una tarde y que te devuelve liquidez todo el año.
Fecha de verificación: 22 de agosto de 2026. Fuente oficial: Agencia Tributaria — IRPF. Esta herramienta es informativa y no constituye asesoramiento fiscal. Los tipos y los supuestos de retención pueden cambiar por normativa: confirma tu caso con la Agencia Tributaria o con tu asesor antes de emitir la factura.
Con la retención clara, lo siguiente
- ¿Cómo separo la base y el IVA de un importe que ya lleva IVA?
- ¿Qué diferencia hay entre el 303 y el 130?
- ¿Cuánto pago de cuota con lo que estoy facturando?
- ¿Cuándo tengo que presentar todo esto?
El Pack del Autónomo hace esto mismo, pero para todo el año.
Una hoja donde apuntas facturas y gastos y te dice sola cuánto sale a pagar en el 303 y en el 130 de cada trimestre. Más plantilla de factura, calendario fiscal, checklist del alta y guía de gastos deducibles. Pago único de 29 €, sin suscripción.
Te aviso por correo siete días antes de cada plazo que te afecta: 303, 130, 111, 349, la renta y las seis ventanas de la base de cotización. Entre seis y diez correos al año, ni uno más.
Y antes de fijar precios, comprueba cuánto tienes que cobrar la hora para que te salgan las cuentas: calculadora de precio por hora para autónomos.
Publicado el 22 de agosto de 2026 y actualizado el 1 de septiembre de 2026. Las cifras y los plazos cambian: confírmalos siempre en la fuente oficial enlazada antes de actuar.

