Voto por correo por internet con certificado digital: cómo pedirlo para el 29-N

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La respuesta corta. Para las elecciones generales del domingo 29 de noviembre de 2026 puedes pedir el voto por correo hasta el jueves 19 de noviembre, por internet en la web de Correos o en cualquier oficina. Por internet necesitas un certificado digital o el DNI electrónico. La Oficina del Censo Electoral empieza a enviar la documentación el 9 de noviembre, y el voto se entrega en una oficina de Correos hasta el miércoles 25 de noviembre.

Las cuatro fechas, de un vistazo

  • Hasta el jueves 19 de noviembre: pedir el voto por correo (web o oficina).
  • Desde el lunes 9 de noviembre: la Oficina del Censo Electoral envía la documentación a la dirección que indiques.
  • Hasta el miércoles 25 de noviembre: entregar el voto en una oficina de Correos.
  • Domingo 29 de noviembre: elecciones generales.

Comprobado el 18 de octubre de 2026 en la página de voto por correo de Correos y en su nota de prensa del 6 de octubre.

Calendario del voto por correo 2026: solicitud desde el 6 de octubre hasta el 19 de noviembre, entrega del voto en Correos hasta el 25 de noviembre y elecciones el 29 de noviembre
Las fechas del voto por correo para el 29-N. Comprobadas el 18 de octubre de 2026 en la web de Correos.

Quién puede pedirlo por internet

Según Correos, la solicitud por internet es para electores residentes en España y para residentes en el extranjero que estén temporalmente en España con derecho a voto. No sirve para quien vive en España y está fuera de forma temporal, ni para quien vive en el extranjero y la quiere pedir desde allí: esos casos tienen su propio procedimiento.

Un aviso que mucha gente pasa por alto: si tu solicitud se acepta, ya no puedes votar en tu mesa el día 29. Si al final vas a estar, no lo pidas.

Qué necesitas para pedirlo por internet

La página de Correos solo menciona esas dos vías. No menciona Cl@ve (comprobado el 18 de octubre de 2026). Si no tienes ni certificado ni DNI electrónico, la opción es pedirlo en una oficina. Si tienes Cl@ve y quieres probar, el resto de trámites con Cl@ve los tienes en nuestra guía de Cl@ve.

Cómo se pide por internet, paso a paso

  1. Entra en la página de voto por correo de Correos.
  2. Rellena los datos que te pide y la dirección donde quieres recibir la documentación. No tiene por qué ser tu domicilio: puede ser donde vayas a estar esas semanas.
  3. Firma electrónicamente la solicitud con tu certificado o tu DNI electrónico.
  4. Descarga el justificante al terminar y guárdalo.

Correos hace llegar tu solicitud a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, que es quien la acepta y te envía la documentación.

Si prefieres hacerlo en una oficina

Puedes ir a cualquier oficina de Correos de España, no hace falta que sea la de tu barrio, con el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales. Correos permite pedir cita previa en su web o en su app para no hacer cola. La solicitud es personal. Solo en caso de enfermedad o discapacidad, acreditada con certificado médico oficial, puede presentarla otra persona con una autorización notarial o consular.

Qué pasa después de pedirlo

A partir del 9 de noviembre, la Oficina del Censo Electoral envía la documentación para votar a la dirección que diste. Con ella haces tu voto y lo entregas en una oficina de Correos antes de que termine el plazo del miércoles 25 de noviembre, en el horario normal de la oficina. Correos lo hace llegar a tu mesa electoral.

La Oficina del Censo pide que el voto lo entregue el propio elector. Si no puedes ir, puedes autorizar a otra persona: tiene que llevar la autorización, una fotocopia de tu documento de identidad y el suyo propio. Correos tiene un modelo de autorización para descargar en la misma página del voto por correo.

Los errores que te dejan sin votar

  • Dejarlo para el último día. El 19 de noviembre es el último día para pedirlo, pero la documentación tiene que llegarte y tú tienes que entregarla antes del 25. Cuanto antes lo pidas, más margen.
  • Usar un certificado caducado. Compruébalo antes de empezar y, si está a punto de caducar, renuévalo primero: la renovación solo se puede hacer en los 60 días previos a la caducidad.
  • Poner una dirección donde no vas a estar. La documentación se entrega en esa dirección.
  • Pedirlo y luego ir a la mesa. Si tu solicitud se aceptó, en la mesa no te dejarán votar.
  • Intentar pedirlo por internet desde el extranjero. Si estás fuera temporalmente, esta vía no es la tuya.

Las dudas que más se repiten

¿Hasta cuándo puedo pedir el voto por correo para el 29 de noviembre?
Hasta el jueves 19 de noviembre de 2026, tanto por internet como en oficina.

¿Puedo pedirlo con Cl@ve?
La página de Correos solo menciona certificado digital y DNI electrónico. Con Cl@ve no está confirmado; si no tienes certificado ni DNI electrónico, pídelo en una oficina con tu DNI.

¿Tiene que llegarme la documentación a mi casa?
No. Llega a la dirección que indiques en la solicitud, que puede ser distinta de tu domicilio.

¿Hasta cuándo puedo entregar el voto?
Hasta el miércoles 25 de noviembre de 2026, en una oficina de Correos.

Si pido el voto por correo, ¿puedo votar en persona el día 29?
No. Si tu solicitud se acepta, ya no puedes votar en la mesa.

Fuentes

  • Correos, Voto por correo (página del servicio, consultada el 18-oct-2026).
  • Correos, nota de prensa «Ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones Generales del 29 de noviembre» (6-oct-2026).
Félix Ramírez Ramírez

Félix Ramírez, de Alhendín (Granada), creador de Digitalmente Fácil. Los trámites que puedo hacer como particular (Cl@ve, certificado digital, vida laboral, cita previa) los he hecho yo; los que solo puede hacer un autónomo los explico a partir del BOE y de las páginas oficiales, que enlazo en el propio artículo. Las trece calculadoras del sitio las he programado con las cifras del BOE, de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, con su fecha de verificación al lado. Tengo dos másteres en Big Data y Python (UCAM, 2025). No soy asesor fiscal ni gestor colegiado: esto es información contrastada para que entiendas tu situación, no asesoramiento para tu caso concreto. Si detectas un error, escríbeme y lo corrijo.

Cómo se ha hecho este artículo. Cada dato sale de la fuente oficial que se enlaza en el texto (BOE, Agencia Tributaria, Seguridad Social o la sede que corresponda), comprobada en la fecha de la última revisión. Lo escribe Félix Ramírez, que prueba personalmente lo que explica; la inteligencia artificial se usa como ayuda de redacción, nunca como fuente. No es asesoramiento fiscal ni jurídico. Si ves un error, dímelo y lo corrijo el mismo día. Más detalle en cómo se hace este contenido.

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